Aristeo Mercado, Gobernador del Estado de Michoacan de Ocampo, a todos sus habitantes, sabed que: En uso de las facultades que concede al Ejecutivo el articulo 2.o de la ley numero 33 de 6 de junio ultimo, he tenido a bien decretar lo siguiente: Art. 1.o Los duenos de liquidaciones expedidas para hacer constar adeudos de sueldos insolutos contraidos a cargo del erario, presentaran en la Tesoreria General del Estado dichas liquidaciones para que confrontandolas con los libros y expedientes de la deuda publica, se tome razon de ellas y sirva esto de base a fin de proceder a la consolidacion de la deuda del Estado ..

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